
DUE DILIGENCE ( DEBIDA DILIGENCIA)
La debida diligencia o «due diligence» como se conoce internacionalmente, implica un trabajo integral que implica la investigación de una empresa o persona previa a la firma de un contrato o una ley con cierta diligencia de cuidado, en ocasiones es voluntaria, asociada en nuestro país generalmente a proceso de compra y venta de empresas.
Nuestro trabajo consiste en evaluar de manera integral los siguientes aspectos:
• Estados Financieros, para evaluar la veracidad de los mismos, potencial de la empresa para general utilidades y retorno de la inversión.
• Revisión de los estatutos y demás documentos oficiales de una empresa;
• Libros de contabilidad, actas, transferencias de acciones etc.
• Declaraciones de impuestos;
• Préstamos a socios y empleados;
• Política y manuales de procedimientos;
• Presupuestos;
• Los planes del negocio;
• Revisión de contratos de funcionamiento, Contratos de trabajo y / o contratos con los sindicatos ( si existe );
• Planes de compensación a los empleados, incluyendo los salarios, primas y aumentos;
• Pólizas de seguros y pagos;
• Documentos que indiquen el cumplimiento de las reglamentaciones gubernamentales (tales como las reglamentaciones ambientales);
• Litigios pendientes;
• Reclamaciones eventuales contra las empresas, o
• Cualquier otra cosa que afecte el valor del negocio que su compañía está considerando comprar o la fusión con el mismo.
Esta lista no es exhaustiva sino meramente enunciativa, pues según el tipo de negocio y situación de cada empresa, es posible ampliar su contenido.

