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DUE DILIGENCE ( DEBIDA DILIGENCIA)

La debida diligencia o «due diligence» como se conoce internacionalmente, implica un trabajo integral que implica la investigación de una empresa o persona previa a la firma de un contrato o una ley con cierta diligencia de cuidado, en ocasiones es voluntaria, asociada en nuestro país generalmente a proceso de compra y venta de empresas.

 

Nuestro trabajo consiste en evaluar de manera integral los siguientes aspectos:

 

• Estados Financieros, para evaluar la veracidad de los mismos, potencial de la empresa para general utilidades y retorno de la inversión.

• Revisión de los estatutos y demás documentos oficiales de una empresa;

• Libros de contabilidad, actas, transferencias de acciones etc.

• Declaraciones de impuestos;

• Préstamos a socios y empleados;

• Política y manuales de procedimientos;

• Presupuestos;

• Los planes del negocio;

• Revisión de contratos de funcionamiento, Contratos de trabajo y / o contratos con los sindicatos ( si existe );

• Planes de compensación a los empleados, incluyendo los salarios, primas y aumentos;

• Pólizas de seguros y pagos;

• Documentos que indiquen el cumplimiento de las reglamentaciones gubernamentales (tales como las reglamentaciones ambientales);

• Litigios pendientes;

• Reclamaciones eventuales contra las empresas, o

• Cualquier otra cosa que afecte el valor del negocio que su compañía está considerando comprar o la fusión con el mismo.

Esta lista no es exhaustiva sino meramente enunciativa, pues según el tipo de negocio y situación de cada empresa, es posible ampliar su contenido.

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